Seguro IMQ
Salud Plena Plus
La mayor cobertura sin franquicias ni copagos
Desde 34,23 € al mes
Medicina General: Asistencia en consulta.
Pediatría y Puericultura: En consulta. Para niños menores de catorce años.
Enfermería: Servicio en consulta.
La Asistencia Sanitaria en casos de urgencia se prestará en los centros de urgencia que se indiquen en el Cuadro Médico de la Aseguradora.
Asistencia sanitaria en consultas médicas o en régimen de hospitalización (según proceda a criterio de un facultativo del Cuadro Médico de la Aseguradora), en las especialidades que a continuación se citan:
Alergología: Las vacunas serán a cuenta del Asegurado.
Anestesia y Reanimación:
Angiología y Cirugía Vascular:
Aparato Digestivo:
Cardiología:
Cirugía Cardiovascular:
Cirugía General y del Aparato Digestivo: Se excluye la cirugía bariátrica y similares.
Cirugía Maxilo-Facial:
Cirugía Pediátrica:
Cirugía Plástica Reparadora:
Cirugía Torácica:
Dermatología:
Endocrinología y Nutrición:
Ginecología y Obstetricia:
Hematología y Hemoterapia:
Medicina Interna:
Medicina Nuclear:
Nefrología:
Neumología:
Neurocirugía:
Neurofisiología Clínica:
Neurología:
Odonto-Estomatología:
Oftalmología:
Oncología Médica y Radioterápica:
Otorrinolaringología:
Psiquiatría:
Psicología:
Se excluye el psicoanálisis, hipnosis, test neuropsicológicos y psicométricos, sofrología, narcolepsia ambulatoria, cualquier método de asistencia psicológica no-conductual, la psicoterapia de grupo y la rehabilitación psicosocial.
Rehabilitación y Fisioterapia:
Reumatología:
Traumatología y Cirugía Ortopédica:
Urología:
Pediatría:
Ginecología y Obstetricia:
Cardiología:
Urología:
Planificación Familiar:
Prevención del cáncer colorrectal:
Análisis Clínicos: Anatomía patológica y citopatología. Quedan excluidas las Biopsias Líquidas.
Radiología General: Incluye las técnicas habituales de diagnóstico por la imagen, quedando incluida la utilización de medios de contraste.
Otros Medios de Diagnóstico: Doppler cardiaco, electrocardiografía, electroencefalografía, electromiografía, fibroendoscopia y ecografías.
Medios de Diagnóstico de Alta Tecnología:
- Inmunohistoquímica.
- Ergometría, holter (quedan excluidos los holter implantables), estudios electrofisiológicos y terapéuticos.
- Polisomnografía.
- Endoscopias digestivas, diagnósticas y/o terapéuticas.
•Cápsula endoscópica para el estudio diagnóstico de la hemorragia digestiva de origen no identificado después de colonoscopia y endoscopia alta.
•Ecoendoscopia.
•Resección endoscópica mucosa o mucosectomía.
•Disección endoscópica submucosa para la extirpación, en toda la vía digestiva, de lesiones premalignas o malignas mayores de 2 cm en las que se ha descartado polipectomía convencional y precisan tratamiento quirúrgico.
•Ablación por radiofrecuencia en casos de esófago de Barret.
•Quedan excluidas las técnicas bariátricas por endoscopia.
- Fibroendoscopia nasal y fibrobroncoscopias: diagnósticas y/o terapéuticas. Ecobroncoscopia.
- Elastografía de transición hepática (fibroscan) para el diagnóstico de la fibrosis hepática de distintas etiologías, especialmente para confirmar la presencia de cirrosis, con exclusión de la enfermedad hepática alcohólica.
- Neuronavegador y Monitorización neurofisiológica intraoperatoria: incluida la neuronavegación quirúrgica no robótica en intervenciones intracraneales y en fijaciones vertebrales de dos o más niveles o cirugía oncológica de columna vertebral o médula espinal. No se incluyen otras indicaciones de navegación quirúrgica. Incluida la monitorización neurofisiologica intraoperatoria en las mismas intervenciones y además en cirugías de tiroides y paratiroides y riesgo del nervio facial periférico.
- Tomosíntesis de mama
- Resonancia magnética y Tomografía Axial Computarizada (TAC/escáner). Se excluye la tomografía computerizada de haz cónico.
- Colonografía realizada mediante TAC (exclusivamente como prueba complementaria a la fibrocolonoscopia por intolerancia o estenosis y en pacientes con problemas médicos que contraindiquen la práctica de fibrocolonoscopia convencional).
- Coronariografía por TAC (exclusivamente para pacientes con enfermedad coronaria sintomática con prueba de esfuerzo no concluyente en pacientes asintomáticos pero con prueba de detección isquémica positiva o dudosa, en cirugías de recambio valvular y en valoración de estenosis por sospecha clínica tras colocación de stents coronario o de cirugía de by-pass coronario y en malformaciones del árbol coronario. No está incluido la cobertura bajo ninguna circunstancia en la utilización para cuantificación del calcio en arterias coronarias y su utilización como prueba diagnóstica de screening).
- Resonancia Magnética Multiparamétrica.
- Biopsia prostática por fusión de imágenes ecodirigida, en casos de alta sospecha clínica de cáncer de próstata (acreditada por valores del PSA*) y con al menos una biopsia prostática previa negativa realizada en los últimos 18 meses previos a la solicitud de la biopsia por fusión. * Elevación PSA total > 10 ng/ml y/o elevación persistente (más de seis meses) del PSA total entre 4 y 10 ng/ml y/o coeficiente PSA libre/total < 0,2)
- Medicina Nuclear. PET/TAC (Quedan incluidos exclusivamente los realizados con el radiofármaco 18F-FDG y en las indicaciones clínicas establecidas en la ficha técnica del mismo y autorizadas por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios) y PET/RM (exclusivamente los realizados con el radiofármaco 18F-FDG en indicaciones clínicas oncológicas).
- Amniocentesis y Cariotipos
- Pruebas genéticas: Quedan cubiertas exclusivamente aquellas pruebas cuyo fin sea el diagnóstico de enfermedades en pacientes afectos y sintomáticos.
•Incluye las dianas terapéuticas cuya determinación sea exigida en la ficha técnica emitida por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios para la administración de algunos fármacos.
•Incluye las plataformas genómicas de cáncer de mama Oncotype y Mammaprint prescrito por especialista en oncología médica, únicamente en mujeres con cáncer de mama en estadios iniciales (I-II), receptores de estrógenos (RE/ER) positivos, HER 2 negativos y: a) ganglios linfáticos negativos (N0) o b) metástasis de ganglio axilar menor o igual a 2 mm (N1mi) o N1 con afectación de 1 a 3 ganglios máximo.
•Incluye también los test de DNA fetal en sangre materna, para diagnóstico prenatal de las trisomías 21, 18 y 13 prenatal cuando el índice de riesgo en el cribado combinado del primer trimestre (CCPT) esté comprendido entre 1/50 y 1/250 o en gestantes con embarazo previo con n aneuploidías en los cromosomas 21, 18, o 13, independientemente del CPCT.
Quedan expresamente excluidos de la cobertura del Seguro, cualquier medio de diagnóstico y/o tratamiento mediante terapia génica, los estudios de farmacogenética, la determinación del mapa genético con fines predictivos o preventivos, las biopsias líquidas y cualquier otra técnica genética o de biología molecular.
Medios de Diagnóstico Intervencionista: Radiología intervencionista vascular y visceral y hemodinámica vascular.
La hospitalización se hará siempre en habitación individual que dispondrá de cama para el acompañante excepto en las hospitalizaciones psiquiátricas, en U.V.I. y neonatológicas, y serán por cuenta de la Aseguradora los gastos derivados de la realización de los métodos diagnósticos y terapéuticos, tratamientos quirúrgicos (incluidos gastos de quirófano y medicamentos) y estancias con la manutención del enfermo, comprendidos en la cobertura de la Póliza.
Queda excluida la asistencia y tratamiento hospitalario por razones de tipo social.
Hospitalización Obstétrica (partos):
Hospitalización Quirúrgica:
Hospitalización Médica sin Intervención Quirúrgica: Incluye las distintas especialidades médicas para el diagnostico y/o tratamiento de las patalogías médicas susceptibles de ingreso.
Hospitalización Pediátrica:
Hospitalización en U.V.I.: Hospitalización en U.V.I.
Hospitalización Psiquiátrica:
Hospitalización de Día:
Serán suministrados siempre por las empresas designadas por la Aseguradora. La garantía comprende, previa prescripción escrita de un médico especialista del Cuadro Médico, las prótesis internas y materiales implantables expresamente indicados a continuación:
El coste de cualquier otro tipo de implante quirúrgico, material biológico, prótesis externas, fijador externo, órtesis y ortoprótesis no incluidos en el detalle anterior correrán a cargo del Asegurado.
Cardiovasculares:
Quedan excluidos los marcapasos con tecnología sin cable, los desfibriladores automáticos implantables (DAI) y las válvulas cardiacas transcateter.
Osteoarticulares:
Se excluyen los fijadores externos y los dispositivos de elongación de hueso intramedulares guiados por dispositivos electrónico.
Oftalmológicos:
Quedan excluidas las lentes tóricas, monofocales de rango extendido, lentes EDOF (de profundidad de foco extendida), trifocales y otras lentes con corrección visual añadida.
Quimioterapia o Tratamiento del Dolor: Reservorios implantables (ports).
Implantes Reparadores:
• Prótesis mamaria y expansores cutáneos para la reconstrucción de la mama afectada tras mastectomía y la remodelación de la mama sana contralateral, esta última con un límite máximo de un año después de la cirugía oncológica, si es considerada como opción terapéutica mediante informe médico.
• Mallas sintéticas para reconstrucción de pared abdominal o torácica.
Urológicos: Prótesis testiculares tras orquiectomía exclusivamente tras proceso tumoral o torsión testicular.Banda de fijación para incontinencia de esfuerzo cuando haya fracasado el tratamiento conservador o el farmacológico.
Implantes neurológicos: Sistemas de derivación de líquido cefalorraquídeo, incluyendo sus reservorios.
Implantes otorrinolaringológicos: Tubos de drenaje transtimpánico.
Los tratamientos anteriores, en todos los casos, han de ser prescritos por facultativos del Cuadro Médico de la Aseguradora que tengan a su cargo la asistencia del Asegurado, asistencia que ha de estar cubierta por la Póliza.
Terapias Respiratorias a Domicilio:
Transfusiones: Transfusiones de sangre y/o plasma.
Logopedia y Foniatría:
Laserterapia:
Nucleotomía Percutánea: Nucleotomía Percutánea.
Hemodiálisis: Para insuficiencias renales agudas o crónicas.
Quimioterapia:
Oncología Radioterápica:
Tratamiento del Dolor:
Litotricia Renal: Litotricia renal.
Ondas de Choque: Para calcificaciones musculotendinosas.
Ambulancias:
Será necesaria la prescripción de un facultativo del Cuadro Médico de la Aseguradora, salvo en caso de urgencia. Quedan excluidos los gastos de transporte del Asegurado al centro y viceversa en casos de rehabilitación y fisioterapia, y en casos de diálisis.
Preparación al Parto:
Podología:
Todas las prestaciones que en virtud de la Póliza asume la Aseguradora serán facilitadas desde la fecha de entrada en vigor del Contrato para cada uno de los Asegurados. SE EXCEPTÚAN DEL ANTERIOR PRINCIPIO GENERAL LAS PRESTACIONES SIGUIENTES:
Medios de diagnóstico de alta tecnología
3 meses
Medios de diagnóstico intervencionista
6 meses
Intervenciones quirúrgicas en régimen ambulatorio (Intervenciones del grupo 0 al II según clasificación de la Organización Médica Colegial)
3 meses
Ligadura de trompas y vasectomía
6 meses
Hospitalización por cualquier motivo o naturaleza en régimen de internamiento o en hospital de día, así como las intervenciones quirúrgicas realizadas en estos regímenes
8 meses
Coste de Implantes quirúrgicos y prótesis
8 meses
Parto o Cesárea
8 meses
Intervenciones quirúrgicas y partos distócicos que tengan lugar en situación de urgencia vital, no se aplicará el periodo de carencia previsto, y tampoco en los partos prematuros, entendiéndose como tales los que se produzcan con anterioridad al cumplimiento de la 28ª semana de gestación
Rehabilitación y Fisioterapia
3 meses
Laserterapia: en tratamientos de fotocoagulación en oftalmología así como el láser en rehabilitación músculo-esquelética
3 meses
Nucleotomía percutánea
3 meses
Laserterapia. Cirugía en coloproctología, las intervenciones quirúrgicas en ginecología, otorrinolaringología y dermatología, en las intervenciones para la hiperplasia benigna de próstata, en la litotricia de la vía urinaria y en el tratamiento endoluminal de las varices y lesiones traqueobronquiales
8 meses
Tratamiento del dolor
8 meses
Diálisis
8 meses
Ondas de choque para calcificaciones musculotendinosas
8 meses
Litotricia renal
8 meses
Quimioterapia y Oncología Radioterápica
8 meses
La Entidad no se hace responsable de los honorarios de los facultativos ajenos a ella, ni de los gastos de pruebas o servicios que los mismos pudieran prescribir.
El asegurado puede elegir libremente para su asistencia a cualquiera de los médicos que realizan, dentro de los Cuadros Médicos de IMQ, las prestaciones sanitarias incluidas en la Modalidad de cobertura contratada. En el caso de Medicina General, el asegurado elegirá al médico que desee dentro del Cuadro Médico, con el fin de adscribirle a él como responsable de la atención familiar. El asegurado podrá modificar esta adscripción cuando lo desee.
El asegurado deberá ir provisto del documento identificativo de Imq (tarjeta IMQ) así como del DNI.
Los médicos especialistas del Cuadro de IMQ, pueden prescribirle alguna prueba para el diagnóstico médico o algún servicio de asistencia. Algunos de ellos pueden requerir la autorización previa por parte de la Entidad. Póngase en contacto con IMQ.
Es necesaria la prescripción de un facultativo del Cuadro que le indicará en un cheque el número y clase de inyecciones o curas.
La hospitalización será ordenada por escrito por un médico del IMQ y requiere autorización previa. En los casos de urgencia, será suficiente la orden del médico, pero el asegurado deberá obtener la conformidad de IMQ dentro de las setenta y dos horas siguientes al ingreso, al objeto de obtener la pertinente autorización o rechazo en base a la cobertura de la póliza. La cobertura finalizará a las 24 horas del ingreso en el centro hospitalario. IMQ quedará vinculada económicamente con los gastos exclusivos de la urgencia vital.
Para recibir un servicio de urgencia, deberá solicitarse por teléfono o acudir directamente, según proceda, a un centro permanente de urgencia de los que IMQ tiene establecidos, cuya dirección y teléfono figuran en el cuadro médico editado.
La Entidad no se hace responsable de los honorarios de los facultativos ajenos a ella, ni de los gastos de internamiento sanatorial, pruebas o servicios que los mismos pudieran prescribir.
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